Caudales ecológicos

Todas las masas de agua compartidas tipo río en la parte española de esta demarcación tienen definido un régimen de caudales ecológicos en régimen ordinario (6 masas). Sin embargo, el Embalse de Cedillo (ES030MSPF1001020) no tienen definido un régimen de caudal ecológico mínimo, puesto que sus desembalses se encuentran regulados por el Convenio de Albufeira. En Portugal, el régimen de caudal ecológico asociado a las infraestructuras hidráulicas se define según lo establecido en la Guía del Régimen de Caudal Ecológico de las Infraestructuras Hidráulicas. En las masas de agua fluviales no sujetos a la influencia de infraestructura, el caudal ecológico definido corresponde al 10% del régimen natural, para años secos, medios y húmedos.